Otamendi 100 | BTS1705

FICHA

  • Producto Casa
  • Operación Alquiler
  • Barrio Parque Lezica
  • Ambientes 15
  • Dormitorios 14
  • Baños 6
  • Antigüedad 30 años
  • Estado Excelente
  • Orientación Norte
  • Sup. Cubierta 412,00 m2
  • Sup. Propia 450,00 m2
  • Expensas no tiene

U$S 3.200.000

ALQUILER

Otamendi 100

Parque Lezica

Ubicación: Otamendi al 100 Metros cubiertos: 425 m2 cubiertos 450m2 totales. Descripción de la propiedad: Casa edificio Ideal para establecer un Instituto, Representación de Universidad para tomar exámenes presenciales, Institución educativa, Consultorios Médicos y Psicológicos, diferentes rubros. NO ES APTA PARA HOSTELS NI PARA PENSIONES. En excelente ubicación en pleno barrio de Caballito. A metros del Parque Rivadavia. en terreno propio para uso comercial, Institutos de Enseñanza, Representación de Universidades, etc, con doble entrada independiente, 14 habitaciones, 5 baños completos con ducha / bañera en perfecto estado, 2 cocinas, patio, cerramiento cubierto en la última planta y amplia terraza con parrilla, todo en muy buen estado. Ventanas con postigos metálicos. Baños señalizados Hombre/Mujer. A metros de Av. Rivadavia y del subte. Todos los medios de locomoción. Lineas de colectivos a metros del edificio.


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: no tiene

ADICIONALES

Terraza
Agua Corriente

VIDEOS


*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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