Añasco 2200 | BTS3018

FICHA

  • Producto Depósito
  • Operación Alquiler
  • Barrio Paternal
  • Naves 3
  • Estado Excelente
  • Sup. Total 789,00 m2
  • Sup. Oficina 90,00 m2
  • Movilidad Reducida Sí
  • Expensas no tiene

$ 7.200.000

ALQUILER

Añasco 2200

Paternal

DEPOSITO CON OFICINAS - ALQUILER |AñASCO 2200 - LA PATERNAL RED DE INCENDIOS - MONTACARGAS - ESTANTERIAS El inmueble cuenta con una superficie cubierta aproximada de 789 m², distribuidos en tres niveles, ofreciendo distintos sectores para organizar las operaciones, el almacenamiento y las tareas administrativas. Dispone de acceso peatonal independiente blindado y portón de ingreso para camiones, facilitando las tareas de carga y descarga. Cuenta además con montacargas para el movimiento vertical de mercadería, oficina al frente, baños y vestuarios para damas y caballeros por separado, patio descubierto y sistema de protección contra incendios mediante red de hidrantes. Su ubicación en el barrio de La Paternal permite una buena conexión con importantes arterias de la ciudad, entre ellas las avenidas Juan B. Justo, San Martín, Warnes y Gaona, favoreciendo la circulación y la logística urbana. Consúltanos para obtener más información sobre las condiciones de alquiler y coordinar una visita.


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: no tiene
Zonificación: mixt 3

ADICIONALES

Cloacas

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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