FICHA
- Producto Local
- Operación Alquiler
- Barrio Microcentro
- Despachos 4
- Baños 2
- Antigüedad 4 años
- Estado Excelente
- Sup. Total 600,00 m2
- Sup. Lote 300,00 m2
- Frente Lote 12,00 mts
- Fondo Lote 25,00 mts
- Sup. Planta Baja 300,00 m2
- Frente Planta Baja 12,00 mts
- Fondo Planta Baja 25,00 mts
- Sup. Primer Piso 300,00 m2
- Frente Primer Piso 12,00 mts
- Fondo Primer Piso 25,00 mts
- Expensas no tiene
U$S 4.500
ALQUILER
Perón Juan D 800
Microcentro
Local en excelentes condiciones sobre J.D.Perón y Diagonal Norte. Frente de 12 metros lineales de frente. 25 de fondo.
Ideal para Gimnasios, Servicios ( Metrogas - Edesur- Edenor- Personal - Claro - Movistar- Iglesias - Etc).
Planta baja sin divisiones ni columnas.
Local en impecables condiciones. Piso flotante. Recien pintado. Baño de Hombres y Mujeres por separado.
Oficinas y divisiones en 1 piso x escalera amplia.
Termotanque todo eléctrico.
Persiana eléctrica. Rampa para Discapacitados. Baño para Discapacitados.
Zona de Alta Densidad: Destinada a usos de equipamiento administrativo, comercial e institucional.
Todas las líneas de colectivos, subte D a una cuadra. A 2 cuadras de Corrientes y C. Pellegrini. SIN EXPENSAS.
OPORTUNIDAD
DETALLE DE LA PROPIEDAD
Expensas: no tiene
Zonificación: C1
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.